OBJETO:
EL DEFENSOR DEL CLIENTE FINANCIERO tiene como función conocer y resolver de forma objetiva y gratuita los conflictos que se generan en las relaciones bancarias y financieras de los clientes o usuarios y las entidades financieras, cuando estos consideren que la entidad, en el desarrollo o ejecución de los servicios o productos que ofrecen o presten ha actuado de forma injusta o contraria a la norma legales, a la buena práctica y usos bancarios. Así mismo, tendrá como función ser vocero de los clientes o usuarios ante la respectiva institución en políticas que tiendan a mejorar los servicios, las buenas relaciones, la seguridad y la confianza con su clientela.
ORIGEN:
El Defensor del Cliente tiene origen remoto en la institución del Ombudsman, consecuencia de la decisión que en el año de 1809 adoptó el Parlamento Sueco para designar una persona de confianza que actuara como su delegada con el propósito de controlar la legalidad de los actos propios del servicio administrativo, detectar anomalías y proponer las mejoras pertinentes en la administración estatal. Tomando como modelo esta institución de carácter político, en 1971 suecia le abrió paso el Ombudsman al Consumidor.
Diez años después de la decisión sueca encaminada a crear y desarrollar el Ombudsman de los consumidores, en Gran Bretaña, exactamente en 1981, se adoptó el mismo instituto para el sector asegurador y cuatro años más tarde, en 1983, se organizó el Ombudsman del Sector Bancario.
Las Estadísticas de las reclamaciones presentadas ante los Defensores del Cliente de todas las Entidades Financieras vigiladas por la Superintendencia Bancaria , las encuentra en la dirección electrónica www.superbancaria.gov.co |